Agronegocios
7 de febrero de 2025 | 08:00Solución ante la responsabilidad por retrasos de transportistas marítimos
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Algunas navieras han desarrollado productos como Value Protect, un servicio adicional que modifica el contrato estándar de transporte para incluir indemnizaciones por retraso y pérdida de valor de la mercancía.
Por Fernando Olavarría, abogado asociado en Legal Export Abogados .-
El reciente caso del Maersk Saltoro, que ha experimentado un retraso significativo en su travesía, ha revivido el debate sobre la responsabilidad de los transportistas marítimos frente a retrasos en la entrega de mercancías, especialmente en el sector de productos perecederos.
En muchos países, la normativa aplicable en esta materia se basa en las Reglas de La Haya y La Haya-Visby, las cuales no contemplan la responsabilidad del porteador por retrasos. Esta falta de cobertura ha sido un problema recurrente para exportadores de productos perecederos, ya que un simple retraso en la entrega puede deteriorar drásticamente la calidad de la carga, generando pérdidas económicas significativas sin que el transportista tenga la obligación de compensarlas.
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En respuesta a esta situación, algunas navieras han desarrollado productos como Value Protect, un servicio adicional que modifica el contrato estándar de transporte para incluir indemnizaciones por retraso y pérdida de valor de la mercancía. No obstante, este tipo de soluciones tienen sentido en países donde las reglas marítimas no imponen responsabilidad al porteador por retraso.
En Chile la situación es diferente. El Código de Comercio Chileno, en línea con las Reglas de Hamburgo, sí contempla la responsabilidad del porteador por retraso en la entrega de mercancías dentro del contrato de transporte, otorgando a los exportadores una protección que Value Protect solo ofrece como una opción adicional en otros mercados.
En este contexto, surge la pregunta: ¿tiene sentido contratar un producto como Value Protect en un país donde la normativa ya protege a los exportadores ante los retrasos en el transporte marítimo?
El enfoque chileno: Responsabilidad del porteador por retraso
El Código de Comercio Chileno, en su Libro III, adopta las Reglas de Hamburgo en lo que respecta a la responsabilidad por retraso en la entrega de mercancías. Según su artículo 985, se considera retraso cuando la mercancía no ha sido entregada en el puerto de descarga, dentro del plazo expresamente acordado o, en ausencia de un acuerdo específico, cuando no ha sido entregada dentro de un plazo razonable atendiendo a las circunstancias del caso y a lo que se esperaría de un transportista diligente.
Esto implica que, a diferencia de las Reglas de La Haya-Visby, en Chile sí existe la posibilidad de reclamar indemnizaciones por pérdidas económicas derivadas del retraso en la entrega, incluso si la mercancía no ha sufrido daños físicos. La carga de la prueba recae sobre el transportista, quien solo podrá eximirse si demuestra que adoptó todas las medidas razonables para evitar el retraso y sus consecuencias.
Además, la normativa chilena establece que la compensación por retraso no es ilimitada. De acuerdo con el artículo 993 del Código de Comercio, la responsabilidad del porteador por la pérdida económica derivada del retraso se encuentra limitada a una cantidad equivalente a dos veces y media el flete pagado por el transporte de las mercancías retrasadas. Sin embargo, este límite no es absoluto, ya que en ningún caso la suma total de la indemnización podrá exceder el valor de la pérdida total de la mercancía afectada. La normativa establece un doble límite: primero, un tope de dos veces y media el flete pagado por la carga afectada; y segundo, un límite máximo equivalente al flete total del contrato de transporte.
¿Cómo funciona el Value Protect y qué sentido tiene en Chile?
El Value Protect es un servicio adicional que algunas navieras, como Maersk, ofrecen a los exportadores para cubrir pérdidas por retrasos y robos, aspectos que no están protegidos bajo las Reglas de La Haya-Visby. Su contratación permite modificar el contrato estándar de transporte, incorporando un nivel de compensación por retrasos bajo ciertas condiciones.
Para que un cargador pueda reclamar indemnización por Delay Loss, deben cumplirse requisitos específicos, como:
• Entrega dentro de los plazos establecidos en la reserva de transporte (VP Cut-Off Date).
• Cumplimiento de las condiciones de almacenamiento y manejo previas a la carga.
• Que el retraso sea atribuible al transportista, sin que intervengan causas de fuerza mayor como congestión portuaria, mal tiempo o eventos imprevistos.
El monto de la compensación varía según el plan contratado, con límites de indemnización que pueden oscilar entre USD 12,000 y USD 240,000, dependiendo del tipo de carga y del nivel de protección elegido.
En países donde la normativa marítima sigue estrictamente las Reglas de La Haya-Visby, los exportadores enfrentan una desprotección frente a los retrasos, lo que hace que productos como el Value Protect sean una herramienta útil para mitigar riesgos comerciales. Sin embargo, en Chile, la incorporación de la responsabilidad por retraso en el Código de Comercio hace que este tipo de coberturas adicionales no sean estrictamente necesarias.
En el caso del Maersk Saltoro, por ejemplo, los exportadores chilenos afectados por retrasos podrían reclamar indemnización directamente bajo el marco normativo nacional, sin necesidad de haber contratado una cobertura adicional como el Value Protect. En este sentido, si bien este producto puede ofrecer un trámite más ágil en términos administrativos, su función no es esencial en Chile.
Evaluar el contexto legal antes de contratar coberturas adicionales
El caso del Maersk Saltoro ha demostrado cómo los retrasos en el transporte marítimo pueden afectar gravemente a los exportadores, especialmente en sectores sensibles como el de productos perecederos. Sin embargo, la solución no siempre pasa por contratar coberturas adicionales como el Value Protect, sino por comprender qué protección otorga la legislación vigente en cada país.
En el caso de Chile, la responsabilidad por retrasos está reconocida en el Código de Comercio, permitiendo a los exportadores reclamar indemnizaciones sin necesidad de adquirir un servicio adicional. Por lo tanto, antes de optar por el Value Protect, es recomendable analizar el marco legal aplicable y evaluar si realmente aporta un valor agregado en términos de rapidez o facilidad en la gestión de reclamos.
Si bien el Value Protect es una herramienta útil en mercados con regulaciones limitadas, en países como Chile, su utilidad es cuestionable, ya que los derechos del exportador ya están protegidos por el ordenamiento jurídico. En consecuencia, su contratación solo se justificaría si el exportador busca una vía alternativa más expedita para gestionar compensaciones, pero no porque el derecho a indemnización dependa de ello.