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5 de septiembre de 2024 | 06:15

Pipeño confirmado como bebida auténtica

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Una bebida alcohólica auténtica, característica de las regiones del Maule, Ñuble y Biobío. Este reconocimiento permite diferenciar claramente al Pipeño de otros productos en el mercado, otorgándole una protección especial.

En respuesta a la confusión generada en algunos sectores respecto a la clasificación del Pipeño, el Servicio Agrícola y Ganadero, reitera que la Resolución Exenta N° 4077/2023 no desvaloriza este producto, sino que busca resguardar su identidad como una bebida alcohólica auténtica, característica de las regiones del Maule, Ñuble y Biobío. Este reconocimiento permite diferenciar claramente al Pipeño de otros productos en el mercado, otorgándole una protección especial y asegurando su posición como parte del patrimonio cultural chileno.
 
Lejos de perjudicar a los pequeños viñateros y viñateras, esta medida está diseñada específicamente para apoyarlos. El Pipeño, al ser categorizado como una bebida alcohólica única, solo puede ser producido y comercializado por miembros de la Agricultura Familiar Campesina (AFC) y cooperativas integradas por ellos. Esta exclusividad garantiza que el valor cultural y territorial del Pipeño sea preservado y que los pequeños productores y productoras puedan competir en el mercado con un producto que refleja su herencia y tradiciones.

SAG despeja dudas y confirma la clasificación del Pipeño como bebida  auténtica - Portal Agro Chile

Clasificación del Pipeño
 
Es importante aclarar que la Resolución Exenta N° 4077/2023 del SAG establece la clasificación de Pipeño: por su parte el vino Pipeño debe cumplir con la definición legal de vino, es decir, debe tener una graduación alcohólica mínima de 11.5 grados de alcohol. Por otro lado, el Pipeño es una bebida parcialmente fermentada de uva que presenta un contenido de azúcar residual, lo que le confiere su dulzor natural. Debido a esto, su graduación alcohólica siempre será inferior a los 11.5 grados de alcohol.
 
El Pipeño no puede ser adulterado debido a las estrictas normas enológicas que rigen su producción. La resolución establece que la bebida se elabora exclusivamente a partir de la fermentación parcial del mosto de uvas frescas, sin permitir la adición de agua ni azúcares externos para modificar su graduación alcohólica o dulzor. Estos controles garantizan que la baja graduación alcohólica del Pipeño se deba únicamente a la fermentación natural de los azúcares presentes en la uva, asegurando la autenticidad y calidad del producto, lo que imposibilita su adulteración.
 
Las prácticas enológicas permitidas excluyen la adición de agua o azúcares no fermentados, lo que desmiente categóricamente cualquier insinuación de que el Pipeño pueda estar adulterado. Estos controles, que no implican costo alguno para los productores/as, son parte del compromiso del SAG de proteger tanto a los productores como a los consumidores, garantizando que el Pipeño continúe siendo una bebida de calidad reconocida.
 
Es fundamental entender que, mientras el Pipeño no es considerado vino bajo la normativa actual, el Vino Pipeño sigue existiendo como una categoría separada, afecto a la normativa vigente para vinificación y elaboración del vino, y con una producción que puede realizarse a nivel nacional por cualquier razón social. Por otro lado, el Pipeño, al no ser considerado vino, no está sujeto a las mismas normativas y puede indicar su lugar de producción, lo que refuerza su identidad territorial. Esto no solo resalta su autenticidad, sino que también contribuye a la valorización de los productos locales en el mercado nacional e internacional.
El SAG reafirma así su compromiso con las comunidades rurales y los pequeños productores y productoras, asegurando que el Pipeño, con su nueva clasificación, siga siendo un producto valorado y protegido, reflejando la rica herencia cultural de Chile. Este reconocimiento no solo protege a los viñateros y viñateras, sino que también fortalece la economía local y asegura que las tradiciones vitivinícolas sigan prosperando en el tiempo.

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